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FORMA DE PAGO
LICENCIAS 4x66, dispone de las siguientes modalidades de pago para las licencias de caza y licencias de pesca:
- Pago con tarjeta de Crédito
Son aceptadas las tarjetas VISA y MasterCard.
- Transferencia/Ingreso en cuenta
La transferencia o ingreso en cuenta para las licencias de caza o licencias de pesca debe realizarse a favor de LICENCIAS 4x66, a la siguiente cuenta:
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BANCAJA |
ENTIDAD |
OFICINA |
DC |
Nº CUENTA |
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2077 |
0700 |
37 |
3101860718 |
Indicando en el concepto, el nombre del solicitante de la licencia de caza o licencia de pesca.
FORMA DE ENVÍO DE LAS LICENCIAS
Las licencias por correo, se enviarán por correo ordinario al domicilio indicado al hacer el pedido. Nunca se envían por correo certificado
Las licencias enviadas por fax/e-mail se enviarán por correo ordinario el mismo día que se envías por fax/e-mail
Las licencias por mensajero se enviarán por la empresa de mensajería NACEX a portes pagados ( teléfono de información de envíos de NACEX 900 100 000 )
ENVÍO DE LICENCIAS FUERA DE LA PENÍNSULA
Las licencias por mensajero a Canarias llevarán un incremento de 12€ sobre el precio que aparece en la web
Las licencias por mensajero a Islas Baleares llevarán un incremento de 6€ sobre el precio que aparece en la web
Para otros destinos fuera de la península, consúltenos
LICENCIAS DE CAZA EN COMUNIDADES CON EXAMEN DE CAZADOR*
* LLAMENOS AL 902466902 PARA INFORMARLE DE COMO CONSEGUIR SU LICENCIA DE CAZA SIN HACER EL EXANMEN DE CAZADOR
ANDALUCÍA:
Si ha tenido alguna licencia de esta Comunidad con posterioridad al año 1996, debe constar como cazador habilitado en el registro de cazadores de esta Comunidad y por lo tanto podemos tramitar la renovación de la licencia con las fotocopias de su DNI, del seguro de cazador y su NIR (número de inscripción en el registro de cazadores) que figura en la licencia de caza de Andalucía y en la tarjeta del Cazador.
Para tramitar la licencia de caza si no está habilitado, deberá enviarnos uno de los siguientes documentos:
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Original o fotocopia compulsada de una licencia de caza de alguna de las Comunidades con sistema de examen: Asturias, Extremadura, La Rioja, Navarra o País Vasco.
- Original o fotocopia compulsada de un certificado que acredite que ha superado el examen del cazador en alguna de las Comunidades en la que está impuesto este sistema.
ASTURIAS:
Si ha tenido alguna licencia de esta Comunidad con posterioridad al año 1989, debe constar como cazador habilitado en el registro de cazadores de esta Comunidad y por lo tanto podemos tramitar la renovación de la licencia.
Para tramitar la licencia de caza si no está habilitado, deberá enviarnos uno de los siguientes documentos:
- Original o fotocopia compulsada de una licencia de caza de alguna de las Comunidades con sistema de examen: Andalucía, Extremadura, La Rioja, Navarra o País Vasco.
- Fotocopia de una licencia de caza anterior al año 1989 de cualquier Comunidad Autónoma.
- Un certificado que acredite que ha tenido una licencia de caza anterior al año 1989 de cualquier Comunidad Autónoma.
- Un certificado de la Guardia Civil que acredite que tiene permiso de armas desde al año 1989
EXTREMADURA:
Si ha tenido alguna licencia definitiva de esta Comunidad con posterioridad al año 1997 (el pago de la tasa modelo 50, no es una licencia definitiva), debe constar como cazador habilitado en el registro de cazadores de esta Comunidad y por lo tanto podemos tramitar la renovación de la licencia.
Para tramitar la licencia de caza definitiva para un año si no está habilitado, deberá enviarnos uno de los siguientes documentos:
- Original o fotocopia compulsada de una licencia de caza de alguna de las Comunidades con sistema de examen: Andalucía, Asturias, La Rioja, Navarra o País Vasco.
- Original o fotocopia compulsada de 2 licencias de caza de años distintos anteriores al mes de Julio de 1997 de cualquier Comunidad Autónoma.
- Un certificado que acredite que ha tenido 2 licencias de caza de años distintos anteriores al mes de Julio de 1997 de cualquier Comunidad Autónoma.
Recuerde que para obtener la licencia de caza de Extremadura para 2 meses de validez, solo tiene que enviarnos sus datos personales. Para esta licencia de 2 meses no es necesario estar habilitado.
GALICIA:
Si ha tenido alguna licencia de esta Comunidad debe constar como cazador habilitado en el registro de cazadores de esta Comunidad y por lo tanto podemos tramitar la renovación de la licencia.
Para tramitar la licencia de caza si no está habilitado, deberá enviarnos uno de los siguientes documentos:
- Fotocopia de una licencia de caza de alguna de las Comunidades con sistema de examen: Andalucía, Asturias, Extremadura, La Rioja, Navarra o País Vasco.
LA RIOJA:
Si ha tenido alguna licencia de esta Comunidad debe constar como cazador habilitado en el registro de cazadores de esta Comunidad y por lo tanto podemos tramitar la renovación de la licencia.
Para tramitar la licencia de caza si no está habilitado, deberá enviarnos uno de los siguientes documentos:
NAVARRA:
Si ha tenido alguna licencia de esta Comunidad debe constar como cazador habilitado en el registro de cazadores de esta Comunidad y por lo tanto podemos tramitar la renovación de la licencia.
Para tramitar la licencia de caza si no está habilitado, deberá enviarnos uno de los siguientes documentos:
- Original o fotocopia compulsada de una licencia de caza de Asturias o del País Vasco.
- Original o fotocopia compulsada de un certificado que acredite que ha superado el examen del cazador en alguna de las Comunidades en la que está impuesto este sistema.
PAÍS VASCO:
Si ha tenido alguna licencia definitiva de esta Comunidad debe constar como cazador habilitado en el registro de cazadores de esta Comunidad y por lo tanto podemos tramitar la renovación de la licencia.
Para tramitar la licencia de caza si no está habilitado, deberá enviarnos uno de los siguientes documentos:
- Original o fotocopia compulsada de una licencia de caza entre Mayo de 1985 y Mayo de 1990 de cualquier Comunidad Autónoma.
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Un certificado que acredite que ha tenido una licencia de caza entre Mayo de 1985 y Mayo de 1990 de cualquier Comunidad Autónoma.
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Original o fotocopia compulsada de un certificado que acredite que ha superado el examen del cazador en alguna de las Comunidades en la que está impuesto este sistema.
* La información contenida en este apartado está sujeta a posibles cambios por parte de las Instituciones que emiten las licencias de caza en cada Comunidad Autónoma, por lo que no podemos garantizar que sea válida en el momento que solicite la licencia de caza.
DATOS DE CONTACTO
- Teléfono: 902 466 902
- Fax: 963 816 822 |